Agenda porteña

05/05/2021

El tribunal le dio la razón a Larreta: continúan las clases presenciales

El fallo a favor de la autonomía porteña fue unánime, con la única abstención de la jueza Highton de Nolasco

Tal como se venia especulando, la Corte Suprema falló ayer en contra de la decisión de suspender las clases presenciales adoptada por el gobierno nacional hace dos semanas en el marco de una serie de medidas destinadas a frenar la escalada de casos de coronavirus. El máximo tribunal falló de forma unánime en cuanto a la decisión de hacer lugar a la demanda Interpuesta por la Ciudad de Buenos Aires y definió que el ONU violó la autonomía de la CABA. 
El fallo fue unánime (Juan Carlos Maqueda. Horacio Rosatti, Carlos Rosenkrantz y Ricardo Lorenzetti). con la abstención de Elena Highton de Nolasoo. 
En la parte resolutiva del voto de Maqueda-Rosatti. al que adhieren los demás, se reconoce que está cumplido el plazo de vigencia del ONU (venció el 30 de abril) y que, por lo tanto, se dictó sentencia fuera de tiempo. Esto se debió a que la presidencia del tribunal dio un plazo de vista de cinco días hábiles al gobierno nacional y luego otros cinco días hábiles de vista al Procurador General de la Nación. Por lo tanto, debido a que se venció la vigencia del decreto es que los camaristas no declaran la inconstitucional idad del mismo. 
El tribunal recordó que el Estado Nacional sólo puede reguiar el ejercicio del derecho a la educación de modo concurrente con las provincias pero no puede, normalmente, sustituirlas. ni decidir de modo autónomo apartándose del régimen legal vigente. Maqueda y Rosatti fundamentaron su voto en el debido resguardo del federalismo y la autonomía de la Ciudad de Buenos Aires. En ese sentido, consideraron que el gobierno nacional no fundamentó debidamente su decisión de suspender el dictado de clases presenciales. 
A su vez. los magistrados sostuvieron que los argumentos sobre la cantidad de personas que utilizaron el transporte público de manera coincidente con el inicio de las clases presenciales. la circulación masiva de personas entre el conurbano y la Ciudad, o el aumento de la proporción de casos de Covid-19 en personas de 13 a 18 años y de 20 a 29 años, no tuvieron mayores explicaciones sobre la particular incidencia relativa de la educación presencial en la propagación de la enfermedad. Por lo tanto, no alcanzan para justificar el ejercicio de una competencia sanitaria federal. 
Por su parte, Rosenkrantz evaluó que la decisión de si las clases deben realizarse en forma presencial o virtual debe tomarla la Ciudad y no la Nación. Además, al igual que Maqueda y Rosatti, afirmó que la argumentación del Gobierno Nacional sobre la necesidad de retornar a la virtualidad para reducir la circulación no satisface las exigencias de justificación referidas. 
Por último, Lorenzetti emitió su opinión en linea con el resto de los cortesanos a lo que agregó fundamentaciones respecto al derecho humano a la educación y que el Estado no tiene facultades para limitar este derecho. Y reiteró que existen precedentes de la Corte donde afirma la autonomía de la Ciudad de Buenos Aires. 

Fuente: El Cronista Comercial

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