Agenda porteña

08/05/2026

Los choferes de apps deben ajustarse a las normas de taxis porteños

La Justicia porteña dictó un fallo que vuelve a poner en debate la regulación de las plataformas digitales de transporte en la ciudad de Buenos Aires: obliga a los conductores que trabajan en aplicaciones como Uber, Cabify o DiDi a cumplir requisitos equivalentes a los exigidos para taxis y remises, como la obtención de licencia profesional y la contratación de seguros para trasladar pasajeros.

La Justicia porteña dictó un fallo que vuelve a poner en debate la regulación de las plataformas digitales de transporte en la ciudad de Buenos Aires: obliga a los conductores que trabajan en aplicaciones como Uber, Cabify o DiDi a cumplir requisitos equivalentes a los exigidos para taxis y remises, como la obtención de licencia profesional y la contratación de seguros para trasladar pasajeros. 

La decisión fue tomada por la Sala II de la Cámara de Apelaciones en lo Contencioso Administrativo, Tributario y de Relaciones de Consumo de la Ciudad en el expediente N° 3065/2016, cuya sentencia definitiva se dictó el 30 de abril de 2026. El caso se tramitó durante más de diez años y expuso el conflicto entre representantes de taxis y remises, que reclamaban restricciones a las apps por considerar que operaban por fuera del régimen vigente, y usuarios y choferes de las aplicaciones, que argumentaban que, sin regulación específica, no podían exigirles los mismos requisitos que al sistema tradicional. 

En el juicio, representantes de taxis y remises reclamaron que la Ciudad impidiera el funcionamiento de las apps, al considerar que la actividad era contraria a la normativa vigente y afectaba los intereses económicos del sector y las condiciones de seguridad de traslado de pasajeros. 

En sentido inverso, usuarios y conductores de apps plantearon el estado de incertidumbre jurídica, ya que, sostuvieron, la falta de regulación específica impedía aplicarles las exigencias de taxis y remises y entendían que podían cumplir el servicio sin esas limitaciones. 

Ahora la Justicia concluyó que, aun en ausencia de una regulación específica, la actividad mediante apps configura un servicio de transporte de pasajeros, y entendió que no puede quedar al margen de las obligaciones mínimas previstas por el ordenamiento vigente. 

La Cámara cuestionó la actuación del gobierno porteño. Sostuvo que hubo una "omisión" en el cumplimiento de sus tareas de control y regulación. Según los jueces, esa situación perjudicó a taxis y remises y al interés público sobre la correcta prestación del servicio de transporte. 

Mientras se mantengan las actuales condiciones de hecho y de derecho, la Justicia impuso a la Ciudad obligaciones articuladas en distintos planos. En materia arancelaria, le prohibió exigir a taxis y remises el pago de trámites para operar regularmente en la ciudad. En el plano tributario, la obligó a impulsar procedimientos para perseguir el cobro de los tributos derivados de la actividad desarrollada por las apps. Además, en materia publicitaria y de defensa de consumidores y usuarios, la Justicia ordenó a la Ciudad fiscalizar los avisos del servicio y desarrollar campañas activas de información sobre las condiciones en las que se presta y los riesgos asociados. 

Para la Sala II, que no exista una regulación para las apps no significa que puedan operar sin controles, ya que cualquier servicio de transporte de pasajeros debe cumplir requisitos mínimos de seguridad. Entre esos requisitos, el fallo menciona la necesidad de contar con licencia profesional habilitante y con seguros específicos para el transporte de pasajeros, condiciones actualmente exigidas para taxis y remises. 

En la sentencia, se describe el litigio como "marcadamente heterodoxo" por la combinación de factores jurídicos, económicos, sociales y políticos involucrados durante más de una década. Según señala, la prolongada ausencia de una regulación permitió consolidar una situación "desigual e injusta" entre los actores del sistema de transporte urbano. 

Regulación integral 

La Cámara sostuvo que durante diez años la Ciudad toleró -incluso propició- la coexistencia de dos modalidades de transporte bajo tratamientos normativos diferentes y sin una base legal específica que justificara esa diferencia. Según el fallo, se busca corregir provisoriamente esa situación mientras no exista una regulación integral. 

Fuentes de Cabify señalaron a LA NACION que se tomó conocimiento del fallo y que analizan internamente sus alcances, por lo que no emitirían una postura oficial al respecto. 

Voceros de Uber Argentina respondieron que la empresa "no fue parte de este proceso judicial". "El fallo se refiere a un litigio de larga data entre actores privados y el gobierno de la ciudad de Buenos Aires y no modifica la forma en que opera nuestra plataforma ni las condiciones bajo las cuales se brinda el servicio", señalaron desde la compañía. Además, agregaron: "Seguimos enfocados en ofrecer más opciones de movilidad seguras y confiables, y en generar oportunidades económicas flexibles para miles de conductores en todas las ciudades de la Argentina". 

Fuentes de DiDi señalaron que analizan el fallo judicial y que no emitirían una declaración. 

La resolución judicial se conoció en un contexto de debate político y legislativo sobre las apps de transporte en la ciudad. A fines de 2025 ingresó en la Legislatura porteña un proyecto impulsado por el legislador de Unión por la Patria y vicepresidente primero de la Comisión de Tránsito y Transporte, Alejandro Grillo, para crear una regulación unificada para taxis, remises y apps. 

La Justicia equipara las apps con taxis y remises 

La iniciativa buscaba "reorganizar y modernizar" el sistema de traslado público-privado de pasajeros mediante una reforma integral del Código de Tránsito y Transporte. Uno de los ejes del proyecto era impedir que operaran vehículos particulares no habilitados para trasladar pasajeros dentro de la ciudad. 

La propuesta establecía que solo podrían prestar servicio vehículos habilitados, conducidos por choferes registrados y con relación laboral formal. Y fijaba requisitos de habilitaciones, seguridad, seguros y condiciones de servicio. 

A diferencia de otras iniciativas legislativas, el proyecto reconocía la existencia de apps como Uber, Cabify y DiDi, aunque exigía que contaran con sedes operativas en la ciudad, se registraran ante la Agencia de Recaudación y Control Aduanero (ARCA) y tributaran por la totalidad de los viajes iniciados en territorio porteño. 

Además, planteaba crear un sistema de registro y transmisión de datos en tiempo real hacia un "servidor espejo" administrado por la Agencia de Sistemas de Información porteña, donde debían almacenarse datos de viajes, actividad de conductores, variaciones tarifarias y tiempos de espera. 

En relación con los taxis, el proyecto disponía que el servicio debía prestarse los 365 días del año durante las 24 horas y establecía la obligación de que los conductores permanecieran conectados durante su turno laboral a la aplicación Taxi BA. 

La iniciativa proponía un sistema de actualización automática de tarifas basado en variaciones de costos del servicio, con revisiones cada cuatro meses o cuando el índice superara el 10%. Asimismo, contemplaba distintos métodos de pago, entre ellos efectivo, tarjetas de crédito y débito y billeteras virtuales. 

Referentes del sector de taxis habían respaldado la necesidad de establecer exigencias equivalentes para todos los servicios de transporte de pasajeros que operan en la ciudad, especialmente en materia de seguros, habilitaciones, controles vehiculares y licencias profesionales para conductores.

Fuente: La Nación

Corrientes
Municipalidad Lomas de Zamora
Municipalidad de Ushuahia
Noticias relacionadas
Acceso a clientes

Ingresá con el usuario y clave para acceder.

¿Te interesan nuestros servicios?

Contactanos