Información General

12/08/2026

Reglamentan el pago en hospitales nacionales a extranjeros no residentes

Rige en siete instituciones. La normativa establece, sin embargo, una excepción para las situaciones de emergencia.

El Gobierno reglamentó el procedimiento para cobrar por la atención sanitaria a los extranjeros que no tienen residencia permanente en la Argentina en los hospitales administrados por el Estado nacional. La medida se oficializó a través de la Resolución 1066/2026, publicada ayer en el Boletín Oficial, y reglamenta los cambios introducidos por el decreto de necesidad y urgencia (DNU) 366/2025 en la ley de migraciones. 
Con el nombre de ?Procedimiento operativo para la atención sanitaria de personas extranjeras en los establecimientos sanitarios administrados por el Estado nacional?, la resolución establece en su artículo 1 que el nuevo régimen ?es aplicable a todos los extranjeros que no cuenten con residencia permanente en el país?. 
La medida será de aplicación en los hospitales nacionales Dr. Alejandro Posadas (atención de agudos y alta complejidad, ubicado en El Palomar), Dr. Juan P. Garrahan (pediátrico de referencia en la región, en la Capital Federal), El Cruce (alta complejidad, en Florencio Varela), Baldomero Sommer (atención especializada y dermatología, en General Rodríguez), Dra. Laura Bonaparte (salud mental y adicciones, en la Ciudad de Buenos Aires), Dr. Ramón Carrillo (salud integral, en Luján) y el Instituto Nacional de Rehabilitación Psicofísica del Sur (Inareps, en Mar del Plata). 
La normativa establece, sin embargo, una excepción para las situaciones de emergencia. Queda fuera del régimen de cobro toda prestación destinada a ?la evaluación, diagnóstico, estabilización y tratamiento inmediato de una condición clínica que implique riesgo cierto e inminente para la vida?, para un órgano o una función, o que requiera una intervención urgente para evitar un daño grave o irreversible en la salud. 
En esos casos, la resolución establece que ?no podrá negársele ni restringírsele el acceso? a la atención sanitaria a los extranjeros que la requieran, independientemente de su situación migratoria. 
Entre las situaciones que los hospitales nacionales deberán considerar como emergencias, y por consiguiente que quedarán exentas de pago, figuran el paro cardiorrespiratorio, la insuficiencia respiratoria aguda grave, la obstrucción de la vía aérea, los distintos tipos de shock, el síndrome coronario agudo y el infarto agudo de miocardio, los accidentes cerebrovasculares, el estado epiléptico, los traumatismos graves y politraumatismos, las hemorragias masivas, las quemaduras extensas, la sepsis y el shock séptico, las intoxicaciones agudas y sobredosis, y distintas patologías quirúrgicas con riesgo inmediato para la vida. 
También quedan contempladas las emergencias obstétricas, entre ellas el parto inminente, las hemorragias obstétricas, el embarazo ectópico complicado, la eclampsia, la preeclampsia grave y el desprendimiento prematuro de placenta. La resolución oficial incluye además las emergencias pediátricas y neonatales con compromiso respiratorio, circulatorio o neurológico. 
El listado se completa con cualquier otra condición que, según el criterio fundado del médico responsable y los protocolos asistenciales vigentes, implique un riesgo inminente para la vida o para la conservación de una función orgánica vital. 
?Igualdad de condiciones? 
La resolución oficial establece que los extranjeros con residencia permanente podrán acceder al sistema público de salud ?en igualdad de condiciones que los ciudadanos argentinos?. 
Para acreditar esa condición, deberán presentar el DNI que deje constancia de la residencia permanente. En caso de extravío o de que el documento se encuentre en proceso de renovación, se admitirá de manera temporal la Constancia de Residencia Permanente en Trámite, emitida digitalmente por la Dirección Nacional de Migraciones (DNM) a través del sistema Radex. 
La implementación a nivel nacional se suma a las medidas adoptadas previamente por algunas provincias. Salta fue pionera en 2024 en establecer el cobro de determinadas prestaciones sanitarias a extranjeros no residentes. Según datos difundidos por el gobierno provincial, a cargo de Gustavo Sáenz, la demanda de atención de personas provenientes de otros países cayó un 95% después de la implementación del sistema. De los 31.561 pacientes extranjeros atendidos en 2023 en los establecimientos sanitarios estatales que dependen de la provincia, se pasó a 77 en 2024 y a apenas 10 hasta julio de este año. 
Desde la administración salteña, informaron ayer que ?hasta ahora, el dinero ahorrado permitió la adquisición de 34 nuevas ambulancias?. ?Esta mejora en la capacidad de respuesta de emergencias es un claro ejemplo de cómo la gestión eficiente de los recursos se traduce en beneficios directos para los salteños?, argumentaron fuentes vinculadas con esa gobernación. 
Posteriormente, otras tres provincias fronterizas ?Santa Cruz, Mendoza y Jujuy? también adoptaron mecanismos para cobrar por determinadas prestaciones a extranjeros no residentes en el país en establecimientos sanitarios del sistema público. 
En la Ciudad de Buenos Aires, el cobro de atención sanitaria a extranjeros comenzó a implementarse en marzo de 2025, a partir de una iniciativa impulsada por la legisladora porteña libertaria Pilar Ramírez. Según estimaciones oficiales citadas en torno al debate sobre la reforma, alrededor del 20% de las prestaciones en hospitales públicos corresponden a extranjeros y/o pacientes provenientes de otras jurisdicciones. 
 

Fuente: La Nación

Corrientes
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