Vapeadores: el Gobierno liberó el mercado y creó un registro para controlarlos
Durante el último año alcanzaron una prevalencia de consumo del 35,5% entre los adolescentes.
El Gobierno nacional liberó el mercado de vapeadores y bolsas de nicotina creando un marco regulatorio que incluye la implementación de un registro obligatorio para fiscalizar tanto la comercialización como la importación. El marco normativo para los productos de tabaco y nicotina de nueva generación fue aprobado por el Ministerio de Salud mediante la Resolución 549/2026, publicada ayer en el Boletín Oficial. Desde el Ejecutivo explicaron que "la medida tiene como objetivo reemplazar el esquema de prohibición vigente por un sistema de registro, control y fiscalización específico que permita establecer estándares mínimos tanto de calidad como de seguridad sanitaria para su comercialización".
Asimismo, argumentaron que "la decisión se fundamenta en que la prohibición previa no logró impedir el acceso ni el consumo de estos productos".
Según datos recientes, los vapeadores y los cigarrillos electrónicos registraron durante el último año una prevalencia de consumo del 35,5% entre los adolescentes, posicionándose entre las sustancias de mayor consumo en este grupo etario.
Frente a este escenario, la cartera sanitaria nacional avanzó con un modelo regulatorio alineado con experiencias internacionales implementadas en países como Estados Unidos y el Reino Unido.
De acuerdo con lo establecido por la nueva resolución, los cigarrillos electrónicos, los vapeadores, los dispositivos de tabaco calentado, los líquidos para vaporización y las bolsas de nicotina son considerados productos elaborados con tabaco y deben cumplir las disposiciones previstas en la ley 26.687 y su normativa reglamentaria. Esto implica la obligatoriedad de incorporar advertencias sanitarias en los envases, la prohibición de utilizar elementos de diseño que resulten atractivos para niños y adolescentes, imágenes de celebridades, mensajes engañosos y restricciones específicas sobre aromas autorizados.
La norma, analizada por la agencia Noticias Argentinas, también limita los sabores autorizados para su comercialización. Solo se permiten líquidos y sticks con sabor tabaco y bolsas de nicotina con sabor tabaco o mentol. También prohíbe expresamente los cigarrillos electrónicos desechables con soluciones precargadas, "considerados uno de los formatos de mayor atractivo para la iniciación juvenil".
En este marco, también se creó el Registro Nacional de Productos de Tabaco y Nicotina para "clasificar los productos según su tecnología y modalidad de uso, construir herramientas de monitoreo epidemiológico y ajustar las regulaciones en función de la evidencia científica disponible".
Sobre este punto, desde la cartera que conduce Mario Lugones advirtieron que "aquellos productos que no se encuentren contemplados en las categorías previstas no podrán ser importados ni comercializados en el país".
La normativa también incorpora exigencias económicas y técnicas tanto para productores como para importadores.
Fuente: BAE






