La Fiscal Electoral dictaminó que, tras la renuncia de Espert, Karen Reichardt sea la cabeza de lista en lugar de Diego Santilli
Laura Roteta consideró que la solicitud del oficialismo de colocar a Diego Santilli como cabeza de lista "perjudicaría el espíritu de la ley de paridad de género". Define el juez electoral Alejo Ramos Padilla.
La fiscal federal con competencia electoral de la provincia de Buenos Aires, Laura Roteta, dictaminó este martes que corresponde que Karen Reichardt encabece la lista de candidatos a diputados nacionales por la alianza La Libertad Avanza (LLA) en reemplazo de José Luis Espert, quien renunció a su candidatura.
El oficialismo había solicitado que fuera Diego Santilli, tercero en la nómina, quien ocupara el primer lugar, pero la fiscal consideró que esa interpretación "perjudicaría el espíritu de la ley de paridad de género".
Roteta sostuvo que el reemplazo debe respetar el orden original de la lista, por lo que Reichardt ?segunda candidata? debe pasar al primer lugar, y el resto de los postulantes ascender en consecuencia.
"La paridad no puede aplicarse de modo que termine afectando al grupo que busca proteger", señaló la fiscal en su dictamen, al advertir que la ley tiene un carácter de acción afirmativa para garantizar la igualdad política de las mujeres.
Desde el Gobierno nacional, en cambio, argumentaron que el decreto 171/2019 establece que, ante una renuncia, el reemplazo debe ser "una persona del mismo género que le sigue en la lista". No obstante, Roteta recordó que una interpretación estricta de ese criterio podría implicar una regresión de derechos.
La fiscal citó antecedentes de la Cámara Nacional Electoral, entre ellos el caso Lucila Crexell (2019), en el que se resolvió que ante la muerte de un candidato titular varón debía asumir la mujer que ocupaba el segundo lugar y no el primer suplente hombre, en defensa del espíritu de la ley de paridad.
El dictamen de Roteta no es vinculante, por lo que la decisión final quedará en manos del juez federal Alejo Ramos Padilla, quien deberá resolver el conflicto. Su fallo, a su vez, podrá ser apelado ante la Cámara Nacional Electoral, máximo tribunal en materia comicial.