Justicia

23/05/2019

Una obra social debe indemnizar por "el tiempo perdido" en trámites

El tiempo perdido haciendo trámites tiene un valor; y el daño moral que generan las dilaciones innecesarias debe ser indemnizado. Estos conceptos se desprenden de un fallo de la Justicia de Rosario, que le aplicó una fuerte multa a una prepaga por haber demorado la cobertura médica de su chica discapacitada. Todo, a pesar de que un fallo anterior había ordenado que lo hiciera.

La Sala A de la Cámara Federal de esa ciudad condenó a la Obra Social de Docentes Particulares (OSDOP) a pagar $ 100.000 en concepto de daño moral en favor de la mamá de la menor, que fue quien inició la demanda.

El Tribunal concluyó que la mamá "no encontró una respuesta satisfactoria en la atención recibida", sino que por el contrario, "la situación por ella vivida durante muchos años, la pérdida de horas de su vida en las tramitaciones que se vio obligada a realizar, le han significado un padecimiento espiritual digno de ser indemnizado a título de daño moral".

Fuente: Clarín

Corrientes
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