Desde hoy, las pymes exportadoras quedan exentas de retenciones
Las empresas registradas deben haber vendido al exterior no más de u$s 50 millones el año pasado. Habrá un tope de u$s 600.000 para acceder al beneficio
El Gobierno oficializó la desgravación de las retenciones, de $ 3 o $ 4 por dólar, a las ventas al exterior, cuando se trate de pymes registradas que exporten en un año más de lo que hayan exportado el año anterior, y sólo sobre el incremento que hayan logrado de sus ventas externas.
La decisión se formalizó a través de dos decretos (280 y 335) donde se plasmaron los anuncios hechos por Nicolás Dujovne, Dante Sica y Carolina Stanley el pasado 17 de abril, sobre los derechos de exportación.
La exención no aplica a las exportaciones de servicios. Solamente aplica a exportaciones de bienes, indicó Ezequiel Passarelli, de SCI Group.
Las exportaciones de bienes que realicen las pymes registradas se encuentran exentas de los derechos de exportación hasta los u$s 600.000 por año. Una vez que superan ese monto empiezan a pagar sobre el excedente (no sobre todo).
El Ministerio de Producción y Trabajo dijo que el 70% de las pymes exportaron el año pasado por debajo de ese techo de u$s 600.000. Las exportadoras de servicios ya estaban exentas de derechos de exportación hasta ese monto.
La exención de retenciones aplica únicamente a pymes que no hayan superado u$s 50 millones de exportaciones el año anterior. La exención aplica sobre las exportaciones que se realicen desde hoy.
Entre las actividades beneficiadas se destacan más de 9900 productos (manufacturas de plástico; autopartes; arroz; maní; miel; leche; manufacturas de piedra; yeso y cemento; maíz pisingallo; papel y cartón, vino y mosto; productos farmacéuticos y químicos).
Fuente: El Cronista Comercial






