Negocios y economía

15/07/2021

La Justicia les dio la razón a las prepagas y subirían 26% las cuotas en septiembre

Se les reconoció la validez de tres aumentos suspendidos por el Gobierno; el Estado ahora apelará, la causa sigue su curso y queda pendiente de resolución la cuestión de fondo

La cédula de notificación expedida por el Tribunal 7 en lo Contencioso Administrativo Federal llegó al domicilio electrónico fijado por las empresas de medicina prepaga y prestadores de salud con una noticia mejor de la que esperaban: la Justicia les dio la razón a lo que pedían en su medida cautelar y las autorizó a aumentar 32% sus cuotas sobre los valores de octubre, lo que a precios actuales significa un 26%. 
En efecto, el juez federal Pablo Cayssials ordenó la suspensión de las resoluciones Nº 1787/20 (artículo 1º) y Nº 2988/20, del Ministerio de Salud de la Nación, hasta tanto se resuelva el remedio interpuesto por las accionantes en sede administrativa. 
Esto implica, según explicó Claudio Belocopitt, presidente de la Unión Argentina de la Salud (UAS) y dueño de Swiss Medical, que se autoriza un aumento de 32% a valores de octubre, debido a que las resoluciones ahora suspendidas habían impedido tres aumentos autorizados por el Estado (de 15%, 10% y 7%, respectivamente). 
Belocopitt precisó que el aumento autorizado del 32%, que tiene como base las propias estimaciones que había efectuado en su momento el Ministerio de Salud, está fijado sobre los valores de las cuotas en octubre de 2020, por lo que traducido a valores actuales será un alza real de 26%. "Esto es técnicamente lo que dice la cautelar, pero la cuestión de fondo todavía no fue resuelta. Ahora el Estado va a apelar, pero nosotros vamos a seguir los pasos que nos autoriza la ley y comunicaremos el alza a nuestros afiliados con un tiempo prudencial", comentó. 
En definitiva, según confirmó Belocopitt, en agosto empezarán a enviar a los afiliados las comunicaciones del aumento del 26%, que empezaría a regir a partir del 1° de septiembre. El potencial en este caso se explica porque si el recurso de apelación que presentará el Estado es concedido por el juez con "carácter suspensivo", el aumento deberá esperar hasta que se resuelva esa apelación (en caso de que el recurso se acepte con "carácter devolutivo", el incremento estará vigente hasta tanto se resuelva la cuestión de fondo). 
El juez fue muy preciso en este sentido en sus considerandos: "Como consecuencia de lo expuesto, y en razón de que el dictado de la cautelar requerida no importa una afectación valorable del interés público, estimo prudente que la medida que aquí se ordena extienda sus efectos hasta tanto se resuelva el remedio interpuesto por las accionantes en sede administrativa". 
Reiteradas veces, la nacion quiso conocer la opinión de la Superintendencia de Salud de la Nación, pero no respondió a las consultas. 
En tanto, Belocopitt se mostró conforme con lo resuelto por la Justicia hasta el momento. "El fallo es bastante contundente en cuanto a lo que pedíamos y demuestra que parte de nuestros reclamos están fundados. Anula las resoluciones por las cuales nos anularon los aumentos, y eso nos permite, cautelarmente, cobrar los aumentos que no cobramos en su oportunidad", dijo el directivo. En efecto, el fallo es muy claro respecto de una de las peticiones efectuadas por las prepagas en su presentación del 16 de junio de este año. En este sentido, la resolución, a la que accedió la nacion, expresó: "... tras haberse realizado un estudio de la documentación acompañada por las partes ?propio del que este remedio procesal autoriza? y sin que ello implique adelantar opinión sobre el fondo del asunto, permiten acceder a lo peticionado, en tanto se vislumbra lo que la doctrina ha denominado como la verosimilitud de la irregularidad...". 
 

Fuente: La Nación

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