La mora de gas causada por la pandemia se podrá cancelar en 30 cuotas
El Gobierno estableció plazos, tasas de interés y otras condiciones para regularizar la mora en las facturas de gas originada durante la pandemia
Las distribuidoras de gas natural por redes deberán otorgar un plan de facilidades de pago en 30 cuotas para cancelar las deudas que los usuarios hayan contraido a causado la pandemia.
La Resolución 383 del Ministerio de Economía, publicada este jueves en el Boletín Oficial, establece plazos, tasas de interés y otras condiciones para regularizar la mora en las facturas de gas originada durante el plazo de vigencia del Decreto 311/2020, que se extendió hasta el 31 de diciembre del arto pasado.
Podrán acceder al plan de facilidades los beneficiarios de Asignación Universal por Hijo (AUH), la Asignación por Embarazo y Pensiones no Contributivas, ¡nscriptos/as en el Régimen de Monotributo Social, jubilados, pensionados; y trabajadores en relación de dependencia que perciban una remuneración bruta menor o igual a dos
El beneficio también llega a monotributistas y quienes perciben seguro de desempleo.
Además, las MlPyMEs afectadas, las cooperativas o empresas recuperadas y las Entidades de Bien Público que contribuyan a la elaboración y distribución de alimentos.
La tasa de interés a aplicar en los planes de facilidades para usuarios residenciales no podrá exceder el 50% de la tasa pasiva nominal anual del Banco Nación (BNA) para operaciones de depósitos a plazo fijo tradicional a 30 días, del último día del mes anterior al del otorgamiento del acuerdo de pagos.
Para usuarios no residenciales no podrá superar el 50% de la tasa activa a 30 días del BNA del último día del mes anterior al del otorgamiento del plan de pagos.
La falta de pago o mora en tres cuotas consecutivas o seis alternas habilitará a las prestadoras a la suspensión o corte del servido de gas por redes.
Fuente: El Cronista Comercial