Política

22/04/2026

Alberto Fernández, a un paso de ir a juicio oral por violencia de género

El juez Rafecas rechazó un pedido del ex presidente para evitar esa última etapa procesal, basada en la denuncia de la ex primera dama Fabiola Yañez.

En una resolución de 30 páginas, el juez federal Daniel Rafecas rechazó la última jugada de Alberto Fernández para evitar sentarse en el banquillo de los acusados por los delitos de dos hechos de lesiones leves y un hecho de lesiones graves, doblemente agravados por el vínculo, abuso de poder y autoridad, y amenazas coactivas. 
Para el Ministerio Público Fiscal representado por Ramiro González, la investigación llegó a su punto final y Alberto Fernández debe sentarse en el banquillo de los acusados. El año pasado ya había firmado el requerimiento de elevación a juicio oral para que el ex Presidente responda ante un Tribunal por las lesiones físicas y psíquicas de las que fue víctima su ex pareja durante más de una década. 
Según consta en la causa judicial, que se activó luego de una revelación de Clarín, cuando era presidente de la Nación y en la Quinta de Olivos, Alberto Fernández cometió delitos que se enmarcan en la violencia de género contra la entonces primera dama del país. 
Las acusaciones en este expediente no se circunscriben sólo al período presidencial, sino que la ventana de tiempo contempla unos años previos a llegar a la Casa Rosada y también, meses posteriores a dejar el poder en diciembre de 2023. 
Ante este escenario, Alberto Fernández interpuso un planteo de nulidad técnica respecto de todas las resoluciones, actos procesales, diligencias y medidas dictadas o ejecutadas por el juez Julián Ercolini en el marco de la causa principal y sus incidentes conexos. 
¿Por qué? Porque cuando la Cámara Federal porteña confirmó las acusaciones contra el ex Presidente, resolvió que Ercolini no continúe frente al expediente motivado por el cual, su par Daniel Rafecas quedó a cargo del caso al que sólo resta firmar la elevación a juicio oral. 
Entre otros argumentos, la abogada defensora, Silvina Carreiro, requirió la exclusión probatoria inmediata de todos los elementos obtenidos mediante el procedimiento cuestionado, por constituir prueba contaminada según el principio "del fruto del árbol envenenado", así como la nulidad de los "actos procesales posteriores que hubieran tenido como origen o sustento dichos elementos, incluyendo la apertura de estas actuaciones, la imputación formulada contra Alberto Fernández, y cualquier otra medida derivada de la información extraída". 
Solicitó, en su presentación, la remoción material y procesal de esos registros, en todas sus copias físicas o digitales, y la supresión de aquella, de cualquier base de datos auxiliar o respaldo informático. 
En cuanto al procesamiento del 17 de febrero de 2025, la defensa sostuvo que tal resolución posee "carácter arbitrario y un defecto absoluto de motivación al reproducir mecánicamente los dictámenes de la querella y del Ministerio Público Fiscal. 
Y que, acarrea una "contaminación derivada de los actos previos" que, a entender de la defensa, serían nulos. 
Agregó, sobre este punto, que la nulidad planteada alcanzaría también al embargo dispuesto por diez millones de pesos, a la ratificación de medidas cautelares y a la delegación posterior de actuaciones al Ministerio Público Fiscal, por tratarse de actos consecuentes del procesamiento, dictados bajo la misma autoridad viciada.

Fuente: Clarín

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