Política

06/09/2023

Massa tuvo que lanzar otro dólar soja para reforzar las reservas hasta las elecciones

En la versión 4, el 25% de los dólares que vendan los exportadores se podrán liquidar por el mercado financiero.

El Gobierno volvió a lanzar el Programa de Incremento Exportador, más conocido como dólar soja, con el objetivo de engrosar las reservas del Banco Central. El objetivo: juntar al menos US$ 2.500 millones durante septiembre, mes en el que estará vigente ese programa. 
La adhesión será voluntaria, y podrán hacerlo aquellos sujetos que hayan exportado granos de soja o sus derivados en algún momento de los últimos 18 meses. 
El ministro-candidato Sergio Massa necesita que ingresen más dólares al mercado para tener mayor poder de fuego en sus intervenciones para mantener calmos los dólares financieros. También, para abastecer un poco más a los importadores, que ya vienen sufriendo el súper-cepo. 
De todas maneras, esta nueva versión es diferente a las anteriores ediciones. 
El Decreto N° 433/2023, publicado hoy en el Boletín Oficial, establece que el 75% del contravalor de la exportación de las mercaderías alcanzadas que sean objeto de adhesión al Programa, deberá ingresarse al país en divisas y negociarse a través del Mercado Libre de Cambios (MLC), en tanto que el 25% restante será de libre disponibilidad (Contado con Liquidación o MEP). En las ediciones I, II y III, se fijaba un tipo de cambio inamovible. 
Ahora, de un FAS de la soja de US$ 340, los exportadores que se adhieran podrán liquidar el 75% al Tipo de Cambio oficial ($350) y 25% al Contado con Liquidación ($760) o Mep ($673). Así, el dólar soja rondaría los $440-450 - 27% por encima del tipo de cambio oficial-, lo que daría una capacidad de pago a las empresas de $150.000. 
Según explicaron desde el Gobierno, el objetivo de la medida es acelerar las ventas de soja por parte de los productores para reactivar la actividad de las fábricas que producen los subproductos de soja (harina, aceite, expeller y biodiesel). 
Al 23 de agosto, todavía había cerca de 7 millones de toneladas de soja 2022/23 por comercializar. "Si sumamos el volumen de mercadería comercializada con precio por fijar, restaría ponerle precio a casi 11 millones de toneladas de soja", indicó la Bolsa de Comercio de Rosario (BCR). 
Además, a la fecha hay comercializadas 0,8 millones de soja 2023/24, pero algo más de 0,1 millones tienen precio en firme. 
Según datos de la misma Bolsa, hoy el mercado de soja en Rosario creció en dinamismo comercial de la mano del retorno de las ofertas abiertas por parte de los compradores tradicionales de la industria y la exportación tras dos semanas donde no siquiera había precio para el poroto. De esta forma, por soja con descarga inmediata como así también para las fijaciones de mercadería la oferta generalizada se situó en valores de $ 140.000. 
Hasta el cierre de la edición, el Monitor Sio Granos marcaba que se llevaban comercializadas casi 300.000 toneladas de la oleaginosa, 50% más de lo que se había vendido durante toda la semana pasada. 
Según datos de la cartera agropecuaria, el crush de la oleaginosa fue de 11,9 millones de toneladas desde abril hasta julio de este año, siendo el volumen más bajo en 15 años. Y el nivel de actividad cayó a niveles históricos alcanzando a un 70 por ciento de capacidad ociosa de las fábricas (56 millones de toneladas anuales). 
Liquidación de divisas Las divisas que ingresen al país a través del Programa deberán ser liquidadas a través del MLC, no pudiendo superar dicho plazo el 30 de septiembre de 2023, inclusive, debiendo efectuar, por el 100% de todas las divisas, la registración de la Declaración Jurada de Ventas al Exterior (DJVE) hasta el 30 de septiembre de 2024, inclusive. 
Respecto de los derechos de exportación, se deberá abonar una suma en concepto de adelanto, en un plazo que no podrá superar el 28 de septiembre de 2023, inclusive, considerando como base imponible el monto que surja de las divisas ingresadas y negociadas a través del MLC. 
Dichas sumas, expresadas en moneda extranjera, deberán considerarse un Certificado de Crédito Fiscal aplicable, en un primer término, al pago del derecho de exportación o, en su defecto, podrá utilizarse a los fines de la cancelación de obligaciones impositivas de los sujetos adheridos a los términos del Programa lidación de divisas 
 

Fuente: Clarín

Corrientes
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