Milei reglamentó la reforma laboral y dio luz verde al FAL para las indemnizaciones
El Ejecutivo introduce cambios en recibos de sueldo, licencias médicas, negociación colectiva y actividad sindical. El sistema para fondear despidos arranca en noviembre y apunta al mercado de capitales
El Gobierno completó una de las piezas centrales de la reforma laboral impulsada porJavier Milei. Con la reglamentación de la Ley de Modernización Laboral N° 27.802, la administración libertaria introdujo cambios en las relaciones laborales, la actividad sindical y la negociación colectiva, además de habilitar un nuevo esquema para financiar indemnizaciones mediante fondos administrados por el mercado de capitales.
A través de los decretos 407 y 408 publicados en el Boletín Oficial, el Ejecutivo fijó las reglas operativas para aplicar la reforma aprobada este año y puso en marcha el Fondo de Asistencia Laboral (FAL), uno de los instrumentos más novedosos del paquete. Llevan las firmas del presidente Javier Milei, el jefe de Gabinete Manuel Adorni y los ministros Federico Sturzenegger y Luis Caputo.
Entre los cambios más visibles figura una nueva regulación de los recibos de sueldo. El Gobierno dispuso que reflejen con mayor claridad el costo laboral total que afronta el empleador, los distintos conceptos que integran la relación de trabajo y el monto neto que percibe el trabajador. También se profundiza la utilización de herramientas digitales para emitir y administrar esa información.
El decreto reglamentó además el régimen de licencias por enfermedad. Las certificaciones médicas con indicación de reposo deberán emitirse de manera electrónica mediante plataformas registradas oficialmente y por profesionales habilitados. En caso de discrepancias entre el diagnóstico presentado por el trabajador y el control médico realizado por la empresa, las partes podrán recurrir a juntas médicas oficiales o instituciones especializadas.
La reglamentación alcanza también al proceso jubilatorio, ya que la ANSES deberá informar a los empleadores tanto el inicio como la finalización de los trámites previsionales de sus trabajadores. Asimismo, los acuerdos de desvinculación por mutuo acuerdo deberán ser homologados por la autoridad laboral, que verificará la legalidad del acto y la inexistencia de vicios en el consentimiento.
En materia de negociación colectiva, el decreto fija nuevos criterios de representatividad para las cámaras empresarias que participen en las discusiones salariales, que deberán acreditar representación sobre al menos el 10% de los trabajadores comprendidos en la actividad. También pone en marcha el proceso de revisión de convenios colectivos considerados vencidos.
El Gobierno avanzó, a su vez, sobre el funcionamiento de las organizaciones sindicales. La autoridad de aplicación podrá verificar la cantidad de afiliados mediante el cruce de información con registros oficiales, mientras que se introducen nuevas reglas para la acreditación de representatividad, la tutela sindical y el uso de las horas gremiales.
Las plataformas digitales de transporte y reparto constituyen otro de los sectores alcanzados. La Secretaría de Transporte fue designada como autoridad de aplicación del régimen previsto para los trabajadores independientes que prestan servicios a través de aplicaciones, mientras que la Secretaría de Trabajo conservará las competencias vinculadas con la negociación colectiva.
La industria de la construcción también registrará cambios. El registro laboral dejará de estar bajo la órbita del IERIC y pasará a ser administrado por la Agencia de Recaudación y Control Aduanero (ARCA). Además, el Ejecutivo aprobó una nueva reglamentación para las empresas de servicios eventuales con el argumento de reducir barreras de ingreso para operadores de menor tamaño.
FAL Sin embargo, la principal novedad económica de la jornada fue la reglamentación del Fondo de Asistencia Laboral, un mecanismo que modifica la forma en que las empresas podrán financiar las indemnizaciones por despido.
El sistema, cuya entrada en vigencia fue postergada hasta el 1° de noviembre, permitirá que los empleadores realicen aportes periódicos destinados a fondos comunes de inversión o fideicomisos financieros supervisados por la Comisión Nacional de Valores (CNV). Los recursos acumulados estarán afectados exclusivamente al cumplimiento de obligaciones laborales futuras y podrán utilizarse cuando se produzcan desvinculaciones.
La reglamentación también contempla la posibilidad de constituir cuentas individuales asociadas a cada trabajador y prevé mecanismos de portabilidad para los casos en que el empleado cambie de empresay el nuevo empleador también utilice el sistema.
Desde la perspectiva empresaria, la iniciativa apunta a transformar una obligación potencialmente elevada e incierta en un costo gradual y previsible. En lugar de afrontar el impacto financiero de una indemnización al momento del despido, las compañías podrán realizar aportes periódicos a lo largo del tiempo. Además, los movimientos vinculados al fondo estarán exentos del impuesto sobre los créditos y débitos bancarios.
La creación del FAL incorpora además un nuevo actor al esquema laboral: el mercado de capitales. Los fondos y fideicomisos autorizados por la CNV administrarán recursos que podrían alcanzar montos significativos si el sistema logra expandirse entre las empresas privadas.
Con la publicación de los decretos, el Gobierno completa una parte sustancial de la implemen- tación de la reforma laboral aprobada este año y abre una nueva etapa en la que convivirán cambios administrativos, nuevas reglas para sindicatos y convenios colectivos, y un sistema alternativo de financiamiento de indemnizaciones que busca acercar el mundo laboral al mercado de capitales
Fuente: El Cronista Comercial






