Presentan proyecto de ley para exigir secundario completo a Diputados y Senadores
Un proyecto de ley propuesto por el diputado Álvaro Martínez busca elevar los requisitos educativos para los legisladores nacionales en Argentina. Si se aprueba, solo aquellos con el secundario completo podrán postularse a cargos públicos.
Un nuevo proyecto de ley presentado por el diputado mendocino Álvaro Martínez de La Libertad Avanza busca que los candidatos a cargos públicos electivos nacionales deban contar con el secundario completo. La propuesta, respaldada por doce legisladores de la Cámara Baja, pretende elevar la calidad del Parlamento argentino.
La iniciativa de Martínez propone modificar el artículo 33 de la Ley Orgánica de los Partidos Políticos (Ley 23.298), que establece quiénes no pueden ser candidatos a elecciones primarias, generales o cargos partidarios. La adición de la condición de tener el secundario completo pretende garantizar que quienes ocupen cargos legislativos cuenten con una formación mínima necesaria.
?Es necesario que quienes integren ambas cámaras tengan, al menos, sus estudios secundarios completos y una formación sólida que les permita comprender las implicancias de cada ley y sus decisiones,? afirmó Martínez en la presentación del proyecto. La propuesta también contempla la creación de un Régimen de Formación Básica y Permanente de Legisladores Nacionales, que obligaría a los diputados y senadores a realizar una capacitación dictada por el Congreso de la Nación, enfocada en el funcionamiento de los órganos del Estado y otras materias relevantes.
Los firmantes del proyecto incluyen a los diputados nacionales de La Libertad Avanza: Lorena Villaverde, Nicolás Mayoraz, Beltran Benedit, Facundo Correa Llano, Manuel Quintar, César Treffinger, Julio Moreno, María Emilia Orozco, Gerardo Huesen y Alida Ferreira. También cuenta con el respaldo de Paula Omodeo, del espacio Creo.
FORTALECER LAS INSTITUCIONES
? Álvaro Martínez (@lMartinezAlvaro) August 6, 2024
Presenté un proyecto para modificar la Ley Orgánica de los partidos y establecer que no puedan ser candidatos quienes no hayan terminado la secundaria.
El objetivo es elevar la calidad del Parlamento y garantizar que los legisladores tengan una? pic.twitter.com/JcJcFT0qt5
Un Proyecto Similar en la Legislatura Porteña
En marzo de este año, Yamil Santoro, legislador de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, presentó un proyecto en la Legislatura porteña con un objetivo similar: modificar el Código Electoral de la ciudad para exigir el secundario completo para candidatos. Santoro argumentó que este requisito no solo cumple con la legislación vigente, sino que también representa un gesto de respeto y compromiso hacia la labor pública. ?Las ofertas son variadas y disponibles, y quien quiera representar a sus conciudadanos en la Legislatura, como candidato a Jefe de Gobierno, o en la Junta Comunal, debería hacer este esfuerzo básico de completar la escuela secundaria,? expresó Santoro en su momento.
Este proyecto en la Legislatura porteña se publicó unas semanas después de un acalorado intercambio entre la diputada nacional Natalia Zaracho y la canciller Diana Mondino. Zaracho, de Unión por la Patria, tuvo un enfrentamiento con un periodista y fue criticada por Mondino debido a que no había terminado el secundario. Mondino le reprochó su falta de formación académica y la acusó de ser parte del ?fracaso? del Estado presente.
Quiénes No Pueden Presentarse Como Candidatos Según la Ley Vigente
Actualmente, la ley vigente excluye del padrón electoral a las siguientes personas:
- El personal superior y subalterno de las Fuerzas Armadas de la Nación en actividad o en situación de retiro.
- El personal superior y subalterno de las fuerzas de seguridad de la Nación y de las provincias, en actividad o retirados.
- Los magistrados y funcionarios permanentes del Poder Judicial nacional, provincial, de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires y tribunales de faltas municipales.
- Los directivos o apoderados de empresas concesionarias de servicios y obras públicas de la Nación, provincias, Ciudad de Buenos Aires, municipalidades o entidades autárquicas o descentralizadas, o de empresas que exploten juegos de azar.
- Las personas con auto de procesamiento por genocidio, crímenes de lesa humanidad o crímenes de guerra, así como quienes hayan sido condenadas por estos delitos, incluso si la resolución judicial no es susceptible de ejecución.
Fuente: Ejes de Comunicación