Por las provincias

26/06/2024

Córdoba: nacen cuatrillizos en la Maternidad Provincial

Son tres niñas y un varón que se llaman Laura, Angelie, Victoria y Jonás. La familia ya tiene otras cuatro hijas. ¿Una de las niñas puede ser ahijada de Milei? ¿Qué dice la Ley 20.843?

Una mujer dio luz a cuatrillizos en la ciudad de Córdoba. Se trata de tres niñas y un varón que se llaman Laura, Angelie, Victoria y Jonás, los cuales se suman a a las cuatro hijas mayores que la madre tiene con su marido. 
La estadística sostiene que la probabilidad de que nazcan cuatrillizos es de uno en 700 mil nacimientos, por lo que se trata de un caso poco común. 
El portal local Cadena 3 indicó que los neonatos están internados con respiradores en la Maternidad Provincial Brigadier General Juan Bautista Bustos aunque muestran signos de mejoría. Las niñas pesaron entre 1.300 y 1.425 gramos con 30 semanas de gestación, mientras que el niño pesó 1.670 gramos. 
Todos se encuentran en buen en estado de salud por más que no tengan el peso necesario para que reciban el alta médica. 
El gobernador de Córdoba, Martín Llaryora, saludó a la pareja y a los trabajadores de la salud por Twitter: "Felicitaciones a Erica y Darío, mamá y papá de los cuatrillizos que nacieron en la Maternidad Provincial. 
Extiendo este afectuoso saludo a toda esta hermosa familia. También reconocer con mucho orgullo al equipo salud que los asiste". 
¿Una de las niñas puede ser ahijada de Milei? Según la Ley 20.843 promulgada en 1974 durante el mandato de la ex presidenta María Estela Martínez de Perón, el mandatario podría convertirse en el padrino de una de las criaturas. Previo al nacimiento de los cuatrillizos, la familia tenía cuatro hijas mujeres. 
"A través del decreto 1416/2009 de Padrinazgo Presidencial se establece que el matrimonio que dé a luz al séptimo hijo o hija de una prole del mismo sexo (deben ser siete hijos varones o siete hijas mujeres), pueden optar por el padrinazgo moral del Presidente de la Nación", señala el artículo 1°. 
En este sentido, agrega: "El ahijado tendrá derecho a que el Estado nacional le asegure la realización gratuita de los estudios de nivel primario, secundario, universitario o especial que curse en establecimientos educativos oficiales; independientemente de cuál fuera el sexo del beneficiario o beneficiaria".  
 

Fuente: Diario Popular

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